Seis países de América Latina y el Caribe reflejan avances significativos contra el trabajo infantil, según USDOL

07 de October de 2021

Gran parte de los 131 países incluidos en el estudio del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (USDOL) han alcanzado un avance moderado hacia la meta 8.7 de la Agenda 2030.

El Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (USDOL, por sus siglas en inglés) presentó su informe “Sweat &Toil – 2020. Findings on the Worst Forms of Child Labor”, en el que evaluó a 131 países del mundo y su avance en la lucha contra el trabajo infantil y sus peores formas.

En el informe de este año, Argentina, Colombia, Costa Rica, Ecuador, México y Perú recibieron la puntuación más alta, entre los 131 evaluados, y se destacaron como países con avances significativos en todas las áreas clave: ejecución, marco legal, acciones coordinadas, políticas y programas sociales. Asimismo, cabe destacar que Haití fue uno de los países de la región que logró mejorar su posición respecto al informe anterior.

Entre los esfuerzos mencionados en el área de ejecución, en los países de la región destacan la realización de capacitaciones virtuales para inspectores en Colombia, Honduras y Paraguay.

En el área de marcos legales, resaltan la ratificación del Protocolo de 2014 del Convenio N° 29 sobre Trabajo Forzoso por parte de Chile y Costa Rica; también, la Ley 31047 de Perú que establece la edad mínima para el trabajo doméstico en 18 años.

Asimismo, distinguen el esfuerzo de Chile de modificar su Código Laboral para que el gobierno publique una nueva lista de actividades peligrosas y ocupaciones para niños, niñas y adolescentes; y el de Bolivia, por haber aprobado una resolución que permite que niños y niñas de Venezuela puedan asistir a la escuela sin importan su situación migratoria.

En el área de acciones de coordinación destacan la creación de la Mesa Redonda Bi-Regional Tacna-Arica para coordinar esfuerzos entre los gobiernos de Chile y Perú y prevenir el trabajo infantil en la zona fronteriza. También, el Mecanismo Nacional de remisión para niños víctimas del tráfico de personas creado por el Gobierno de Jamaica en el marco del “Child Protection Compact” en alianza con los Estados Unidos.

El MIRTI es una herramienta diseñada en conjunto por la OIT y la CEPAL en el marco de la Iniciativa Regional América Latina y el Caribe Libre de Trabajo Infantil, para identificar los territorios más vulnerables al trabajo infantil y estimar el peso de diversos factores asociados, con el fin de diseñar políticas municipales de prevención del trabajo infantil, definiendo qué acciones multisectoriales son más efectivas para interrumpir su trayectoria y, en el mediano plazo, reducir el indicador de manera sostenida.

En cuanto al área de políticas, resaltan la implementación del Modelo de Identificación del Riesgo de Trabajo Infantil (MIRTI), que se ha aplicado por parte de 10 países de América Latina y el Caribe y que ha generado una cartografía de riesgo para 12.464 municipios. Además, distinguen la capacitación a agentes de extensión agraria en materia de identificación y respuesta a casos de trabajo infantil en Argentina; la Política Nacional de Protección y Promoción de Haití; y la estrategia interinstitucional para familias y niños sin hogar de Honduras.

No obstante, a pesar de los avances, el informe también indica que aún hay mucho por hacer para reducir vacíos legales en leyes y regulaciones. Se requiere que las leyes que prohíben la trata de niños y niñas cumplan plenamente los estándares internacionales. Por otro lado, desarrollar políticas nacionales que aborden todas las peores formas de trabajo infantil y políticas educativas y de desarrollo que incluyan estrategias de prevención y eliminación de trabajo infantil.

El informe también evidencia como uno de los retos de la región el mejorar la asignación de recursos financieros y humanos para aplicar la legislación laboral fuera del sector formal, así como eliminar las barreras lingüísticas y otras formas de discriminación social en las escuelas hacia población indígena y afrodescendiente, quienes son altamente vulnerables al trabajo infantil.

Para conocer más sobre los resultados y las sugerencias de cada caso, revisa el informe de cada país aquí.

Comments

Ariel Ponce Avatar

Ariel Ponce 2 years ago

Muy buena información , en el caso de Nicaragua , en desacuerdo con parte de la información , con tamos con la ley LEY No. 287 , en su articulado dice: Arto. 72. Se prohíbe a las madres, padres o tutores entregar a terceros, hijas, hijos o pupilos a cambio de pago o recompensa. La contravención a esta prohibición conlleva responsabilidad penal. Arto. 73. Se prohíbe emplear a niños, niñas y adolescentes en cualquier trabajo. Las empresas y las personas naturales o jurídicas, no podrán contratar a menores de 14 años. Arto. 74. Los adolescentes no podrán efectuar ningún tipo de trabajo en lugares insalubres y de riesgo a su vida, salud, integridad física, síquica o moral, tales como el trabajo en minas, subterráneos, basureros, centros nocturnos de diversión, los que impliquen manipulación de objetos y sustancias tóxicas, sicotrópicas y los de jornada nocturna en general. Arto. 75. En los casos en que a los adolescentes se les permita el trabajo, se observarán las siguientes normas: a) Respetar y garantizar su condición de persona en desarrollo, con características particulares. b) Recibir instrucción adecuada al trabajo que desempeña. c) Someterse a exámenes médicos por lo menos una vez al año a fin determinar si el trabajo que realiza menoscaba su salud o su desarrollo normal. En el caso de mi Pueblo se erradico el trabajo de servicio